Gobierno resolvió intervención de Casmu sin desplazamiento de autoridades
“No ha logrado subsanar el desfasaje económico financiero” y “tiene como consecuencia ineludible, en un corto plazo, el decaimiento de la atención asistencial norma”.
El presidente de la República, Luis Lacalle Pou, y la ministra de Salud Pública, Karina Rando, firmaron la resolución por la que se dispuso la intervención de Casmu “por el plazo de hasta un año, sin desplazamiento de sus autoridades naturales de dicha institución de sus cargos”.
El gobierno designó una Comisión Interventora, integrada por el Cr. Juan Carlos Simonelli, la Dra. Sandra Lorenzo Pousa y el Dr. Gerardo Lorente Fernández, destacando su “idoneidad”.
El texto señala: “habiéndose constatado la mora, y conforme surge de los antecedentes administrativos, CASMU-IAMPP no ha logrado subsanar dentro del plazo concedido el desfasaje económico-financiero que, a juicio del Ministerio de Salud Pública, tiene como consecuencia ineludible, en un corto plazo, el decaimiento de la atención asistencial normal del prestador de salud; corresponde disponer su intervención sin desplazamiento de las autoridades”.
Agrega que “compete al Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Salud Pública, realizar el contralor del ejercicio de los establecimientos de asistencia y prevención privados, estando la Administración obligada a adoptar todas las medidas que tenga a su alcance para que los prestadores de salud cumplan sus obligaciones, de forma que los habitantes gocen de su derecho a la debida asistencia en materia de salud”.
La resolución reseña que el 17 de junio de 2024, Casmu se presentó ante el Ministerio de Economía y Finanzas “solicitando acceder al régimen del Fondo de Garantía para la Reestructuración de Pasivos de las Instituciones de Asistencia Médica Colectiva”, y que “la mencionada solicitud, se fundamenta en el hecho de que la institución se encuentra en un estado de grave dificultad económica y financiera, lo cual compromete su capacidad para cumplir con sus obligaciones, existiendo atrasos en los pagos a proveedores y persistencia de un patrimonio negativo”.
Agrega que el 27 de junio de 2024, “las entonces veedoras de la institución realizaron dos informes, titulados “Conclusiones generales de los Flujos de Fondos proyectados por CASMU1AMPP” y “Comentarios a los supuestos utilizados en el flujo de fondos proyectado de CASMU IAMPP para el período 12/2023 a 12/2039 con motivo de la solicitud de un nuevo acceso al Fondo de Garantía IAMCs”, agregando además los informes realizados durante la veeduría de fechas 18 de marzo de 2024 y 17 de mayo de 2024” y que “el 28 de junio de 2024, se pronuncian la Directora General del Sistema Nacional de Salud y la División Servicios Jurídicos del Ministerio de Salud Pública”.
Recuerda que el Ministerio de Salud Pública resolvió intimar a Casmu a que, en un plazo de diez días hábiles, “subsanara la situación económico-financiera bajo apercibimiento de intervención u otras consecuencias que disponga la normativa” y que el 16 de julio de 2024, Casmu “responde la intimación interponiendo recursos de revocación y jerárquico contra la Ordenanza Ministerial N° 565/024 y requiriendo que se suspenda la ejecución del acto administrativo”.
Afirma que “en atención a los descargos presentados” la División de Servicios Jurídicos del Ministerio de Salud Pública emitió informes los días 25 y 26 de julio, la Dirección General de Secretaría, el día 25 de julio, y la Dirección General del Sistema Nacional de Salud, el día 29 de julio.
El gobierno asignó a los integrantes de la Comisión Interventora designada una remuneración equivalente a $ 380.000 (pesos uruguayos, trescientos ochenta mil) más IVA mensuales, con cargo a la institución intervenida y faculta al Ministerio de Salud Pública a “disponer y realizar todos los actos necesarios tendientes a asegurar el cumplimiento de la presente Resolución”.
Fuente: Canal 5 de Montevideo
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