Fiscalía archivó la investigación sobre entrega de pasaporte a Sebastián Marset
«No surgieron elementos que permitan sustentar que los imputados hayan incurrido en conductas merecedoras de reproche penal».
El dictamen con fecha 2 de setiembre, al que accedió el portal de los Medios Públicos, firmado por el doctor Alejandro Machado Padilla, fiscal Penal de Montevideo de Delitos Económicos y Complejos de Primer Turno, y el doctor Leonardo Rosas López como fiscal Adscripto señala que «no surgieron elemementos que permitan sustentar que los imputados hayan incurrido en conductas merecedoras de reproche penal» y «dispone el archivo de la presente investigación».
Entre las consideraciones y argumentos dice que la detención de Sebastián Marset «se efectivizó el día 10 de setiembre de 2021, en la ciudad de Dubái, en oportunidad en que pretendía abordar un vuelo de la aerolínea Emirates con destino a Atenas, Grecia», que «surge del testimonio de la sentencia del Tribunal Federal de Apelación de Abu Dhabi que S.M. no pudo abordar dicho vuelo por haber llegado tarde al mismo» que «fue precisamente en dicha instancia que el personal de la aerolínea -al recibir el pasaporte de S. M. a los efectos de anular el sello de salida y así modificar su estado en el país- se percató de la diferencia al tacto de la página de datos del pasaporte y la mala calidad de la misma comparándola con las otras» y que «en mérito a ello remitió el pasaporte al Departamento de Inspección de Documentos, en el cual se determinó que el pasaporte era falso por haberse cambiado la página original de datos, procediendo en definitiva a la detención de S. M.». Agrega que «posteriormente, se confirmó por parte del Centro de Inspección de Documentos de la Administración General de Residencia y Asuntos de Extranjeros en Dubái que el pasaporte paraguayo» era «apócrifo por haberse cambiado la página de datos así como la fotografía original por los datos y fotografía actual del portador del pasaporte».
Asimismo -dice- se pudo confirmar que según surgía del Sistema de Información Penal “movimientos de entrada y salida” del acusado, y que «dicho pasaporte había sido usado varias veces por S. M. para entrar y salir de dicho país desde el 17 de abril de 2021 hasta el 7 de setiembre de 2021.
Añade el dictamen que «al final de dicho mensaje la Sección Consular ya sugería la consulta al Ministerio del Interior sobre posibles causas abiertas» de Marset en Uruguay» y que «a partir de ese momento comenzó la asistencia de la Cónsul F. P. al detenido» Sebastián Marset.
«Todas las actividades desarrolladas por la Cónsul F. P. -bajo la supervisión o consulta permanente con el Embajador Á. C.- fueron puestas siempre en conocimiento de la Dirección General para Asuntos Consulares y Vinculación del Ministerio de Relaciones Exteriores mediante mensajes oficiales, tal como correspondía, evidenciando así el cumplimiento de la diligencia exigible a un representante consular», dice.
Incluso, agrega que «en varios de esos mensajes oficiales enviados vía mail la Cónsul F. P. explícitamente solicitaba instrucciones acerca de cómo proceder en cada una de las instancias de asistencia».
Agrega que se recibió «una comunicación del Dr. B. solicitando se inicie trámite de Pasaporte de forma urgente» mientras Marset «se encuentra en prisión en Abu Dhabi con proceso judicial en curso» y que la Sección Consular «entiende que debido a que el Sr. M. está imputado por falsificación de Pasaporte de origen paraguayo, salvo mejor opinión en contrario de la Superioridad, resultaría prudente aguardar a que el proceso judicial finalice para oportunamente tramitar el documento de viaje».
El dictamen afirma que mientras estas comunicaciones consulares se sucedían el «Ministerio de Relaciones Exteriores en Uruguay, la Cónsul F. P. mantenía conversaciones por vías informales» tanto con Marset como con su familia» y sus abogados en Uruguay.
Según dictamen siempre se actuó dentro de las «funciones consulares de asistencia a un compatriota detenido en el extranjero, sin competencias» o «apartamiento alguno».
Concluye que la situación de Marset en Dubái «ameritaba la intervención de la Sección Consular de Uruguay en Emiratos Árabes Unidos» y que «una vez analizado el accionar del Embajador Á. C. y principalmente de la Cónsul F. P.» desde la detención de Marset «hasta su efectiva liberación por sentencia absolutoria emitida por el Tribunal Federal de Apelación de Abu Dhabi así como teniendo en consideración la totalidad de las comunicaciones formales e informales existentes en dicho período, esta Representación Fiscal arriba a la conclusión, sin hesitaciones, que la actuación de ambos diplomáticos se enmarcó dentro de las funciones habituales de asistencia consular a un compatriota detenido en el exterior, razón por la cual no merecen reproche penal alguno».
Dictamen afirma que Heber y Bustillo «faltaron a la verdad y ocultaron información»
El dictamen de Fiscalía afirma que «teniendo en consideración que la presente investigación tiene su origen en la interpelación a dos Ministros de Estado llevada adelante por la Cámara de Senadores en sesión extraordinaria, al amparo de lo dispuesto por el artículo 119 de la Constitución de la República, no podemos soslayar la actitud asumida por los jerarcas en dicha instancia» y que «en tal sentido», una vez finalizada la instancia indagatoria, se concluye que «los Ministros de Estado así como sus respectivos Subsecretarios faltaron a la verdad y ocultaron información a la Cámara de Senadores y en definitiva a la ciudadanía que éstos representan en oportunidad de celebrarse la sesión extraordinaria de fecha 22 de agosto de 2022».
«En definitiva, por los fundamentos expuestos en el presente dictamen, esta Representación Fiscal considera que de las profusas evidencias colectadas no surgen elementos que permitan sustentar que los imputados hayan incurrido en conductas merecedoras de reproche penal, razón por la cual se dispone el archivo de las presentes actuaciones, sin perjuicio y de conformidad con lo preceptuado por el artículo 98.1 del Código del Proceso Penal.
También los fiscales rechazan en sus consideraciones finales que durante el transcurso de la indagatoria la existencia de múltiples filtraciones a la prensa, las cuales se enmarcan en el Código Penal «principalmente teniendo en consideración que dicha reserva se violentó con la clara intención de incidir en forma indebida en su resolución.
La Fiscalía Penal de Montevideo de Delitos Económicos y Complejos de 1° turno solicitó solicitó el archivo de la investigación por presuntas irregularidades en la expedición del pasaporte a Sebastián Marset y afirma que tanto el exministro del Interior y actual senador de la República, Luis Alberto Heber, así como el excanciller y funcionario del Ministerio de Relaciones Exteriores «faltaron a la verdad» y «ocultaron información».
El dictamen señala que el 22 de agosto de 2022 «la Cámara de Senadores se reunió en sesión extraordinaria, al amparo de lo dispuesto por el artículo 119 de la Constitución de la República, a fin de recibir al Ministro de Relaciones Exteriores» (Fernando Bustillo) «y al Ministro del Interior» (Luis Alberto Heber) «a los efectos de que ambos jerarcas brindaran explicaciones en cuanto a la actuación de sus respectivos Ministerios con relación a las investigaciones vinculadas al Sr. S. E. M. C., incluyendo la expedición de su pasaporte» Habiendo accedido a la versión taquigráfica de dicha sesión, el Fiscal de Corte y Procurador General de la Nación (Juan Gómez) actuando de oficio estableció que «en cumplimiento de los principios que rigen la actividad del Ministerio Público» y “la tarea de persecución penal de los crímenes, delitos y faltas”, como titular de la acción penal, debía remitir la versión taquigráfica de la interpelación de fecha 22 de agosto de 2022 a la Oficina de Depuración, Priorización y Asignación –D.P.A.- de la Fiscalía General de la Nación» y que en dicho memorando el fiscal «expresó que la Fiscalía General de la Nación debe bregar por la máxima transparencia por lo que una vez analizada la situación planteada en la referida Sesión del Senado, concluyó que ésta tiene repercusiones tanto internas como externas que justifican, con amplitud, la investigación…»
Gómez solicitó a la DPA que procediera al análisis y posterior asignación -en caso de corresponder- a la Fiscalía.
Se señala, a modo de síntesis, «que ambos Ministros –de Interior y Relaciones Exteriores- fueron interpelados con motivo de la expedición de un pasaporte común en favor de S. M. (Sebastián Marset) en condiciones que le permitieron encontrarse al día de hoy prófugo de la justicia internacional».
Asimismo, aclaran que en la interpelación «no se respondieron las interrogantes planteadas, como ser: ¿En qué momento los ministros y subsecretarios de los respectivos ministerios tomaron conocimiento del caso? y ¿Cuál fue el papel que tuvo cada uno en el proceso de expedición y entrega del pasaporte a S. M.?
Agregan que hubo una comunicación con el Subdirector de la Dirección Nacional de Identificación Civil que consistió en un pedido del representante legal» de Marset, quien se encontraba tramitando de forma urgente el pasaporte de su cliente» y que «dicha circunstancia -según el Ministro del Interior» llevó a disponer una investigación administrativa urgente y a destituir al Subdirector de la Dirección Nacional de Identificación Civil: Comisario General Dr. A. R. L. B.»
También da cuenta de que llama la atención las comunicaciones entrre «G. Ho. M. P» (Guillermo Maciel) y la Subsecretaria del Ministerio Exteriores: Dra. C. A. B. (Carolina Ache).
Sobre la expedición del pasaporte, el dictamen dice que «llama la atención que en el trámite de expedición del pasaporte, la Cónsul llenó la hoja de filiación ingresando como dirección personal y laboral» de Marset el Hotel T. P. F. M V. de Dubái, además, de declarar como ocupación la de agente musical, teatral o artístico».
Asimismo, dice que «cuando se efectiviza la asistencia consular -en setiembre de 2021-«, Marset fue señalado como un “jugador de fútbol” que estaba detenido con un pasaporte paraguayo falso y supuestamente habría sido estafado por una red de falsificadores de documentos paraguayos.
Se agrega que la «entonces Cónsul Sra. F. L. P. F. solicitó al menos dos veces instrucciones a la Cancillería sobre cómo proceder en este caso» y que la misma «actitud diligente y cuidadosa tuvo el Embajador uruguayo ante Emiratos Árabes Unidos: Sr. Á. C. C. M., quien se enteró de la situación» de Marset, «por el Embajador uruguayo en Qatar: Sr. J. A. S.S., que había sido contactado por su colega paraguayo en Doha».
El dictamen dice: «Aparentemente, el Dr. A. B. hizo una consulta por este tema ante la cancillería el 29 de noviembre y un día después un familiar de M. ya tenía el pasaporte consigo». Sobre este capítulo de la etapa final de la entrega del pasaporte, se afirma que el «corolario es la salida de M. de Emiratos Árabes en enero, deja muchas dudas y pocas certezas”.
En definitiva, concluyen que: “la entrega del pasaporte común al narcotraficante uruguayo S. M. detenido en Dubái por haber ingresado a EAU con un pasaporte paraguayo falso- no fue un trámite normal, no puede decirse que se ajustó a la normativa vigente, sino que quedó de manifiesto que falló TODO el sistema de inteligencia nacional».
Expresa que «se debe investigar la participación de todas las autoridades citadas en el presente escrito”.
Fuente: Canal 5 de Montevideo
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