Ex Jefe del Ejército, Juan Rebollo, condenado a 30 años de peniteniciaría por triple crimen de 1974
Por su edad, 90 años, cumplirá la condena en su domicilio.
A pedido del fiscal especializado en Crímenes de Lesa Humanidad, Ricardo Perciballe, la Dra. Isaura Tórtora Bof, Juez Ldo Penal de 23º turno condenó a 30 años de penitenciaría al militar retirado Juan Rebollo, por los asesinatos de Diana Maidanic, de 22 años, Laura Raggio, de 19, y Silvia Reyes, también de 19 años, embarazada de tres meses, ocurridos el 21 de abril de 1974.
Rebollo, ex comandante en Jefe del Ejército entre 1992 y 1993, fue condenado como “coautor penalmente responsable de un delito de homicidio complejo muy especialmente agravado por la pluralidad de resultados”, de acuerdo a la sentencia a la que tuvo acceso el Diario La R. De la investigación surge plenamente acreditado que Rebollo no sólo impartió la orden sino que intervino en el operativo que ocasionó la muerte de las jóvenes víctimas a consecuencia de los disparos de arma de fuego efectuados contra las mismas.
Rebollo había sido procesado hace dos años con prisión, pero por su edad (tiene 90 años)se le concedió la prisión domiciliaria. En definitiva, cumplirá su condena en prisión domiciliaria, confirmó al Diario La R el Fiscal Ricardo Perciballe. De acuerdo a los informes de las autopsias practicadas y aun del examen de los restos esqueléticos, las tres fallecidas recibieron múltiples heridas de proyectiles de arma de fuego dotadas de alta energía y poder destructivo.
Los crímenes en cuestión ocurrieron en el marco de un operativo militar tendiente a detener a un integrante del Movimiento de Libertación Nacional Tupamaros (MLNT) de nombre Washington Javier Barrios Fernández, de 22 años de edad, quien era buscado por sus presuntos contactos con una organización en la República Argentina. Dicha información habría sido proporcionada por una persona apodada “Viejo Kima” o “Negro Kima” conforme surge de las declaraciones de los indagados Jorge Silveira y de Eduardo Klastornick.
En base a la información, en la madrugada del 21 de abril de 1974 el responsable del Grupo de Artillería N° 1 Teniente Coronel Washington Enrique Scala Demarco y del Grupo de Artillería Antiaérea N° 1 Teniente Coronel Juan Modesto Rebollo García, ordenaron un importante operativo de efectivos militares, entre oficiales y soldados a los efectos de detener a WashingtonBarrios. Asistiendo a los mismos se encontraban los oficiales de Artillería N° 1 el Mayor José Nino Gavazzo Pereira (2° Jefe de la Unidad), el Teniente Jorge Silveira Quesada y los integrantes del Grupo de Artillería Antiaérea N° 1 el Mayor Eduardo Klastornick Piñeyro y el Capitán Julio César Gutiérrez Bremmermann.
Tras la orden impartida, efectivos militares fuertemente armados rodearon la manzana conformada por las calles Mariano Soler, Ramón Márquez, El Iniciador, Carabella y Fomento. Acto seguido, en plena madrugada y sin orden de allanamiento a dichos efectos, golpearon la puerta y ventanas del apto. 5 de la calle Mariano Soler N° 3098 bis. En esas circunstancias, el padre de Washington Barrios salió y recibió a los efectivos. Acto seguido, el encausado Teniente Coronel Rebollo, el Mayor Gavazzo y Jorge Silvera, ingresaron al apartamento en busca de Washington Barrios hijo. Al ser informados que Washington Barrios vivía en el apto. 3, el encausado Teniente Coronel Juan Rebollo, el Teniente Coronel Washington Scala, el Capitán Eduardo Klastornick y el Capitán Julio César Gutiérrez, en compañía de soldados no identificados, se dirigieron al mismo. Sin que mediara orden judicial alguna como se mencionó, tras derribar la puerta de ingreso, transitaron por un patio interno abierto existente en el lugar. Acto seguido, derribaron la puerta de acceso a las habitaciones, ingresando en primer lugar el Capitán Julio César Gutiérrez al apto. 3, según declaraciones del encausado Rebollo y del indagado Klastornick.
A raíz de ello, comenzó un “intenso tiroteo” que se extendió durante varios minutos. Por su parte, los efectivos militares que se encontraban en las azoteas contiguas al apto. 3, también comenzaron a disparar a través de una ventana superior de uno de los dormitorios del domicilio de las víctimas – se aprecia en la reconstrucción practicada documentada mediante la carpeta respectiva de Policía Científica obrante en infolios (fs. 1680 a 1718) – produciéndose un fuego cruzado entre los efectivos intervinientes.
Una vez que cesó el mismo, los efectivos militares pudieron apreciar que a la derecha, detrás de la puerta de ingreso al apartamento, se encontraban los tres cuerpos sin vida de las jóvenes víctimas.
Asimismo, resultó herido de gravedad el Capitán Julio Cesar Gutiérrez, de 32 años de edad, que fallece en el Hospital Central de las Fuerzas Armadas. Los médicos militares indican que el motivo de la consulta “heridas de bala de ametralladora” conclusión que refuta la Junta Médica del Departamento de Medicina Legal de la Facultad de Medicina.
Respecto a si la muerte de las jóvenes víctimas podría ser consecuencia de un enfrentamiento o si podrían haber fallecido sin que ello ocurriera, el informe señala que “no podemos negar que los militares hayan sido atacados inicialmente y, tras ello, repelido el fuego”. “Pero sí podemos concluir que es poco probable que las heridas recibidas por el capitán Gutiérrez hayan sido inferidas por alguno de los revólveres que se muestran en el relevamiento fotográfico de la Policía Técnica”.
Por otra parte, “no surge de la documentación incorporada por la Fiscalía Especializada incautada granada alguna como se alude en el expediente militar”. De todos los elementos, señala el fallo, “surge, sin lugar a dudas, que los indagados Juan Modesto Rebollo García, José Nino Gavazzo (hoy fallecido) y Eduardo Klastornick Piñeyro (hoy fallecido) ejecutaron a las jóvenes víctimas”.
Fuente: Grupo R Multimedio
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